La ASOCIACION DE TECNICOS PROFESIONALES TRIBUTARIOS DE LA PROVINCIA DE HUELVA (A.T.P.T.H.), se constituye el seis de septiembre de mil novecientos noventa y siete por un grupo de profesionales dedicados a la ASESORIA FISCAL y/o TRIBUTARIA, con la inquietud de mejorar las relaciones entre Administración y Administrado servir de puente entre ambos, luchar por la mejora de las normas tributarias, buscar reglar una profesión nueva que nace denominada Asesor Fiscal o Técnico Tributario y estar en continua formación a los cambios normativos que aparece en la legislación para poder realizar un buen asesoramiento profesional. Esta es una asociación sin ánimo de lucro, con denominación registrada bajo expediente de marca 2087420 y gráfico, bajo la clase 42 del Nomenclator oficial (BOPI de fecha 16 de Junio de 1997), sometida a lo dispuesto en el articulo 22 de la Constitución Española, así como a lo dispuesto en la legislación de Asociaciones (Ley 19/1977 de 1º de Abril y Decreto 873/1977), así como a las demás disposiciones complementarias y concordantes de general aplicación.
Por su ámbito territorial, la Asociación abarca toda la provincia de Huelva.
Corresponde a la ASOCIACION DE TECNICOS PROFESIONALES TRIBUTARIOS DE LA PROVINCIA DE HUELVA (A.T.P.T.H.), en su ambito territorial y de acuerdo con la Ley, entre otras el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Representar, promover, asistir y defender los intereses profesionales legitimos de sus asociados.
b) Fomentar cuantas actividades de todo tipo tiendan a promocionar y difundir los principios y ensencia del Derecho Tributario.
c) Ejercer cuantas funciones le sean encomendadas por la Administración y colaborar con ésta, mediante la realización de estudios, emisión de informes, elaboración de estadisticas, y otras actividades relacionadas con sus fines o que puedan serles solicitadas y acuerden realizar por su propia iniciativa . Todo ello con el estricto secreto profesional que sea necesario.
d) Ordenar en el ámbito de su competencia, la actividad profesional de los miembros asociados, velando por la ética y dignidad profesional.
e) Organizar actividades y servicios comunes de interés para los miembros asociados, de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial, de previsión y cualquier otro análogo.
f) Intervenir en la via de conciliación o arbitraje en las cuestiones que, por motivos profesionales, se susciten entre los miembros asociados; solución extrajudicial que será de tramitación obligatoria previo al ejercicio de cualquier acción judicial entre asociados por motivos profesionales.
g) Procurar la armonia y la colaboración entre los asociados, impidiendo la competencia desleal entre los mismos.
i) Mantener relación con las organizaciones afines de ámbito estatal e internacional, y formar parte, en su caso, de sus órganos representativos.
j) Organizar cursos para el mejoramiento profesional de todos los miembros, así como la preparación, edición y difusión de estudios sobre problemática tributaria.
k) Procurar que los asociados cumplan las leyes generales y especiales, así como la norma Estatutaria y otras normas y decisiones que válidamente se adopten en la Asamblea General o en Junta de Gobierno.
l) Efectuar investigaciones y estudios en materia afines.
m) Todas otras funciones que sean beneficiosas para los intereses profesionales de todos los miembros asociados.
ATPTH -- 25 ANIVERSARIO (1997 - 2023)
ACUERDO CON AGENCIA TRIBUTARIA - MIEMBROS ATPTH COLABORADORES SOCIALES
Con fecha 30 de Octubre de 1997 fué suscrito el Convenio de Colaboración entre la A.E.A.T. y la ASOCIACION DE TECNICOS PROFESIONALES TRIBUTARIOS DE HUELVA celebrado al amp...
CURSOS Y HORARIOS 2º SEMESTRE 2024 - 25 ANIVERSARIO (1997 - 2023)
ATPTH --- 25 ANIVERSARIO (1997 - 2023)
CITA CELEBRE PARA ESTOS EVENTOS
En cuestiones de cultura y saber, solo se pierde lo que se guarda;
sólo se gana lo que se da.
Antonio Machado (1875-1939) Poeta Español, Generación del 98
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REQUISITOS PARA SER ASOCIADO - CUMPLIMOS 25 AÑOS (1997 - 2023)
Nuevos Estatutos, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, número 71 de 15 de Abril de 2009; de conformidad con lo establecido en el artº 4 del RD 873/1977, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al a...
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